miércoles, 18 de febrero de 2009

BOLETIN INFORMATIVO

*AGRAVAR PENALIDADES PARA CANDIDATOS QUE USEN PROGRAMAS SOCIALES EN CAMPAÑAS

Por: Aurora Cordero Pérez

(AGENCIA NOTISIFA)
Para aumentar las penalidades cuando los precandidatos, candidatos y organizadores de actos de precampaña o campaña participen en delitos electorales, la diputada federal Susana Monreal Ávila propondrá reformas al Código Penal Federal, en el capítulo de Delitos Electorales y en materia de Registro Nacional de Ciudadanos.

La secretaria de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados busca un aumento en las penalidades de aquel que utilice programas sociales, así como fondos provenientes de actividades ilícitas o del extranjero para el apoyo de precandidatos, candidatos, partido político o coalición.

En el documento, publicado en la Gaceta Parlamentaria, la diputada se pronuncia para que en el proceso electoral de 2009 no sólo se cuente con un marco en materia de elecciones, sino que éste se armonice con una actualización al capítulo "Delitos Electorales" del Código Penal Federal.
Menciona que “la democracia tiene como condición esencial la limpieza electoral, la transparencia del sufragio y de los órganos encargados de su supervisión”.

En las recientes reformas en materia electoral, recuerda, un tema que no fue abordado es el relativo a los delitos electorales. “Como si en México, país con un largo historial de elecciones cuestionadas y de fraudes electorales, no fuera un tema relevante para tener una legislación completa que sancione a quien violente la democracia y el sufragio popular”.

Monreal Ávila enfatiza que no se pueda hablar de una reforma electoral integral sin que se actualice a las realidades del país que afecten los valores de la democracia, por lo que se debe contar con una legislación que se armonice a ella, con la finalidad de salvaguardar la democracia y la soberanía.

Por ello, propone la inclusión de un artículo 412 Bis, a efecto de que se imponga pena de 5 a 15 años de prisión y de mil a 6 mil días-multa al que por sí o por interpósita persona solicite, proporcione, reciba, obtenga o utilice fondos provenientes de actividades ilícitas o del extranjero para el apoyo de un precandidato, candidato, partido político o coalición.

También, se incorporan las figuras de precandidatos y de organizadores de actos de precampaña o campaña: se aumentan las penas de 50 a 150 días-multa y prisión de uno a cuatro años para quienes en los tres días previos a la elección o durante el día en que ésta se celebre hagan proselitismo, induzcan o presionen expresamente a los electores con el fin de orientar el sentido de su voto o la abstención del mismo.

Así como para quienes en el día de la jornada electoral lleven a cabo el transporte de votantes, con la finalidad de influir en el sentido de su voto, o en su caso, realicen, reciban o destinen aportaciones en dinero o en especie a favor de algún precandidato, candidato, partido político o coalición en los montos superiores a los establecidos en la ley.

Del mismo modo, incrementa la penalidad de 100 a 300 días-multa y prisión de 3 a 7 años al funcionario partidista, precandidato, candidato u organizadores de actos de campaña o precampaña que exceda los montos máximos de los topes de precampaña y campaña, autorizados legalmente.

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