sábado, 17 de mayo de 2008

BOLETIN INFORMATIVO

*NECESARIO, APROBAR LEYES SECUNDARIAS ELECTORALES ANTES DEL 30 DE JUNIO:

Por: Francisco Robles

(AGENCIA NOTISIFA).-
El presidente de la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados, Diódoro Carrasco Altamirano, señaló que es necesario aprobar antes del 30 de junio las reformas a leyes secundarias en materia electoral que regirán el proceso de 2009 y darán certidumbre jurídica a la actuación de las instituciones responsables de los comicios.

Estas reformas abarcan las leyes de Medios de Comunicación; Orgánica del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y General del Sistema de Medios de Impugnación (LGSMI), y se crearía la Ley Reglamentaria del Derecho de Réplica.

Precisó el diputado federal que estas modificaciones se presentarían en el próximo periodo extraordinario, a fin de que tengan vigencia tres meses antes de que inicie el proceso electoral en octubre, por lo que se han buscado las mejores condiciones al interior de este grupo de trabajo para encontrar consensos en los temas de coincidencia.

El legislador del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Carrasco Altamirano explicó que, se deberá reformar la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y una serie de leyes secundarias, que tienen que ver con cuestiones administrativas que no impiden el funcionamiento del Instituto Federal Electoral (IFE) ni del Tribunal.

Por lo que hace a la Ley General de Medios de Comunicación, se busca reformar la parte estrictamente electoral, para dar nuevas facultades al IFE como autoridad única de administración de los tiempos de Estado y oficiales, así como su asignación a los procesos de precampaña y campañas electorales.

La Ley para Garantizar el Derecho de Réplica prevé regular su ejercicio ante organismos de radiodifusión, medios impresos o cualquier otra persona que envíe mensajes por otros canales de transmisión y soportes, cuyo contenido genere lesiones a los derechos de las personas.

Toma como requisitos para cumplir con la solicitud de réplica que la información que lesione los derechos de las personas haya sido transmitida o publicada; haga una alusión expresa de la persona; trate información inexacta o falsa y que la divulgación de la misma le genere un perjuicio político, económico, o moral; es decir, en su honor, vida privada, intimidad o imagen.

Propone como autoridad responsable de hacer cumplir en el ámbito administrativo la observancia al derecho de réplica, a la Secretaría de Gobernación.

Plantea un procedimiento de autorregulación de los medios de comunicación, a efecto de que sean ellos mismos los que den cauce a los requerimientos para aclarar la divulgación de determinada información. A efecto de evitar que la conducta de rechazar las solicitudes se convierta en una práctica cotidiana, prevé que la autoridad administrativa imponga una multa de 500 a 20 mil días de salario mínimo general vigente, cuando considere que la negativa del medio de comunicación sea notoriamente improcedente.

El proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de las Leyes Orgánicas del Poder Judicial de la Federación y General del Sistema de Medios de Impugnación (LGSMI) en Materia Electoral, se refiere a la estructura orgánica y competencias de las Salas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, señaló que es necesario que todas las Salas del Tribunal funcionen y ejerzan atribuciones de manera permanente y se otorgan facultades específicas al Tribunal en materia de controversias constitucionales, salvaguardando la calidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación como intérprete en última instancia de los preceptos constitucionales.

Precisó que las salas del Tribunal sólo podrán declarar la nulidad de una elección por haberse cometido en forma generalizada violaciones sustanciales en la jornada electoral, mismas que se encuentren plenamente acreditadas y se demuestre que fueron determinantes para el resultado de la elección, salvo que las irregularidades sean imputables a los partidos promoventes o sus candidatos.

SE BUSCA TIPIFICAR CONDUCTAS DELICTIVAS.- Esta iniciativa se dictaminará la siguiente semana en el pleno de la Comisión, puntualizó el legislador por Oaxaca, agregó que en el tema de justicia electoral se busca tipificar conductas delictivas en materia electoral para determinar quién, cómo y ante cuál autoridad se puede presentar el recurso de impugnación, por ello se ha planteado modificar la LGSMI y el Código Penal Federal.

Explicó que un tercer paquete de modificaciones tiene que ver con la eliminación del secreto bancario, fiduciario, hipotecario, para fines de la actuación de la fiscalía del IFE, a fin de darle más elementos para operar oportunamente. Dijo que esta iniciativa se encuentra en la Comisión de Hacienda y Crédito Público y adelantó que entraría en el periodo extraordinario.

Por lo que hace a las reformas de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se busca incluir las nuevas modalidades de responsabilidad de servidores públicos, particularmente en el tema de medios.
Añadió que de no aprobarse alguna de esas reformas, por ejemplo, la reglamentación del derecho de réplica, la interpretación que hagan el IFE y el Tribunal deberá ser sustituido por reglamentos, y eso implicaría que cuando un particular o un candidato pida ampararse en ese derecho no sabría ante quién acudir y quién garantizará ese derecho.

“Esa es una de las cosas que debemos dejar en leyes, para dar certidumbre jurídica a la actuación del IFE, el Tribunal y de los particulares; porque tendrían que actuar a partir de reglamentos y lo deseable es que no haya interpretaciones diversas”, concluyó.

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