jueves, 5 de febrero de 2009

BOLETIN INFORMATIVO

*FRENAR EL ESTADO DE TERROR IMPUESTO POR TIENDAS DEPARTAMENTALES A SUS CLIENTES

Por: Aurora Cordero Pérez

(AGENCIA NOTISIFA)
A través del diputado Alejandro Sánchez Camacho, el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (GPPRD) presentará una Iniciativa de Decreto con el fin de acabar con el "Estado de Terror" en el que mantienen a sus clientes las tiendas departamentales, por lo que se les buscará sancionar a éstas con cárcel, de uno a tres años y multa de hasta un millón de salarios mínimos por imponer a sus clientes el 20 por ciento del máximo de costo anual (CAT) por uso de sus tarjetas de crédito.

"Liverpool, Sears, Wal-Mart, Palacio de Hierro, Fábricas de Francia, Sam's Club, Suburbia, Coppel, Chedraui, Famsa, entre otras, actualmente cobran entre el 50 y 70 por ciento, por lo que estas tiendas operan con políticas usureras en el cobro de intereses al igual que los bancos comerciales.

El legislador federal Alejandro Sánchez Camacho reiteró que con la Iniciativa de Decreto se pretende modificar la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito adicionando, los artículos 291 Bis, 291 Tercero y 432 Bis, ya que el uso de tarjetas de plástico se ha multiplicado por millones de personas en nuestro país, quienes deseosos de obtener una mercancía, utilizan esta forma de dinero para adquirir los bienes que le son necesarios.
"Sin embargo, lo que desconocen es que el crédito tiene un costo, que se hace explícito a través del denominado CAT, que incluye a las tasas de interés, entre otros rubros.

Este crédito puede ser proporcionado por la banca comercial o por los llamados bancos no bancos o tiendas comerciales o departamentales como Liverpool, Sears, Wal-Mart, Palacio de Hierro, Fábricas de Francia, Sam's Club, Suburbia, Coppel, Chedraui, Famsa, entre muchas otras", recordó el diputado perredista.

Y añadió: "en México, las tarjetas de crédito de la banca comercial llegan a alcanzar más del 70 por ciento del llamado CAT que incluye los intereses ordinarios, comisiones, cargos y primas de seguro; también contiene el Impuesto al Valor Agregado (IVA), bonificaciones y descuentos pactados, periodicidad de los pagos y amortizaciones del principal".

Alejandro Sánchez Camacho explicó que, actualmente, el CAT de los bancos oscila entre 50 y 80 por ciento (en algunos casos rebasa el 100 por ciento) anual dependiendo de la tarjeta de crédito que se considere. No obstante, el caso de las empresas departamentales no dista mucho del caso de los bancos. Por ejemplo, de acuerdo a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y a investigaciones propias, Liverpool cobra un 63.3 por ciento de Costo Anual Total; Palacio de Hierro y Sears cobran más del 53 por ciento y Wal-Mart cobra más de 70 por ciento por el crédito que proporciona a sus clientes por comprar en sus tiendas.

Como referencia adicional, el crédito otorgado por estas tiendas departamentales es de más de 200 mil millones de pesos anuales y representa casi el 60 por ciento del total de ventas de estas empresas.

Por lo anterior, sostuvo Sánchez Camacho, el propósito del presente decreto es establecer un límite al CAT, al uso del dinero plástico que proporcionan las empresas comerciales con el objetivo de evitar la usura en contra de los usuarios de las tarjetas de crédito o servicios.
Asimismo, al considerar que las empresas departamentales no son propiamente instituciones de crédito -aunque operen como tal, el presente proyecto de decreto se centra en reformar la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

De manera particular, deben adicionarse los artículos 291 Bis y 291 Tercero del ordenamiento en comento, estableciendo que la apertura de crédito podrá realizarse a través de tarjetas de servicio o de crédito, entendidas éstas como las tarjetas emitidas por empresas comerciales no bancarias, a través de un contrato que regula el uso de las mismas, por medio de las cuales, los usuarios de las tarjetas, ya sean personas físicas o morales, pueden utilizarlas para la adquisición de bienes o servicios en establecimientos afiliados a la empresa comercial emisora, y al mismo tiempo, se señala que en el caso del acreditante a que se refiere el artículo 291 Bis, el límite del Costo Anual Total aplicado al acreditado no podrán superar en más del veinte por ciento anual.

Por último, agregó el diputado del PRD, se adiciona un artículo 432 Bis que sancionará con prisión de uno a tres años y multa de hasta por el equivalente a un millón de veces el salario mínimo general vigente para el Distrito Federal en caso de contravenir lo establecido en el artículo 291 Ter de esta Ley.

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