martes, 8 de junio de 2010

BOLETIN INFORMATIVO

*CON LA MODIFICACIÓN AL ARTÍCULO 69 CONSTITUCIONAL SE PROPICIARÍA EL DIÁLOGO ENTRE LOS PODERES EJECUTIVO Y LEGISLATIVO

Por JOSÉ SEGURA

(AGENCIA NOTISIFA)
El diputado Humberto Benítez Treviño, Presidente de la Comisión de Justicia, propondrá ante el Congreso de la Unión retomar la redacción original del Artículo 69 Constitucional, con el fin de que el Jefe del Ejecutivo acuda ante el Congreso de la Unión a presentar el informe del estado que guarda la Administración Pública Federal a su cargo.

El proyecto de decreto que presentará, reforma el párrafo primero del artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos relativo al formato del Informe Presidencial.

Existe la necesidad, explicó Benítez Treviño, de replantear la forma en que se ha dado cumplimiento al citado artículo.

Esta reforma para volver a la redacción de agosto de 2008, “no es sacramental o de forma”, sino que implica un verdadero ejercicio republicano, de rendición de cuentas al pueblo por parte del Ejecutivo, “pero solamente prosperará si se logra mantener en el Congreso, un ambiente de respeto y tolerancia del Legislativo al Presidente de la República”.

Benítez Treviño consideró pertinente retomar la redacción original que alguna vez tuvo el Artículo 69 constitucional, en el cual el Jefe del Ejecutivo acudía ante el Congreso de la Unión a presentar el informe del estado que guarda la Administración Pública Federal a su cargo; asimismo, rendía un discurso referente al mismo.

La iniciativa plantea enriquecer el marco normativo a efecto de que no sólo sea una simple manifestación del estado que guarda la Administración Pública, sino un discurso en el que se exponga el contenido del Informe, lo que conlleva a establecer un diálogo entre el titular de la Administración Pública Federal y ambas cámaras del Congreso de la Unión.

El Presidente de la Comisión de Justicia, informó que la reforma al párrafo primero del Artículo 69 quedaría como sigue:

ARTÍCULO 69: En la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo de cada año de ejercicio del Congreso, el Presidente de la República acudirá personalmente y presentará un informe por escrito, en el que manifieste el estado general que guarda la administración pública del país.

En este acto pronunciará un discurso, el cual será contestado por el Presidente del Congreso en términos concisos y generales. La ley establecerá los procedimientos y formalidades correspondientes. En la apertura de las sesiones extraordinarias del Congreso de la Unión, o de cada una sola de sus Cámaras, el Presidente de la Comisión Permanente informará acerca de los motivos o razones que originaron la convocatoria.

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