*PARA CONOCER LA LEGALIDAD DE LOS CONTRATOS DE PEMEX
Por: PEDRO ROMERO
(AGENCIA NOTISIFA).- En la participación del Dip. Obdulio Ávila Mayo de la comisión de investigación para conocer la legalidad de loas contratos de PEMEX refinación de 1997 a la fecha simple y sencillamente decir cuatro puntos muy concretos, pero antes felicitar a la Presidencia de la Comisión por la objetividad, imparcialidad, la transparencia y profesionalismo del que condujo las reuniones de trabajo de esta comisión de investigación.
Por mi parte, yo creo que hubo un método claro, hubo bastante honestidad en el planteamiento de cómo abordar la encomienda por parte de…
En primer lugar, yo quisiera señalar que aquí no se exoneró ni se condenó a nadie, porque el objeto de la comisión no era juzgar a Juan Camilo Mouriño Terrazo sino revisar la legalidad de los contratos de Pemex-Refinación de 1997 a la fecha, entre ellos, los que se suscribieron con Ivancar, también conocido como TEISA.
Segundo, que fue una investigación exhaustiva la de la comisión. Los integrantes de esta comisión se reunieron más de cinco veces para recibir comparecencias, reuniones de trabajo, entre ellas la del Director de Pemex-Refinación, el del Secretario de la Función Pública , de funcionarios de la CANACAR , los que proporcionaron una gran cantidad de documentación para el análisis de la misma.
Tercera, TEISA o Ivancar nunca obtuvo un beneficio indebido con los contratos suscritos con Pemex-Refinación, ya que los precios de flete y sus incrementos son tarifas que se aplican a todos los transportistas, mismas que acuerda un órgano colegiado denominado Comité de Precios de Productos Petrolíferos, Gas Natural y Productos Petroquímicos.
Y por último, en la celebración de contratos con Pemex, Ivancar o TEISA no cometió irregularidad alguna, se cumplieron todos y cada uno de los requisitos previstos para su otorgamiento. Para cada uno de los siete contratos investigados se otorgó la fianza respectiva, no obstante la aclaración que uno de ellos firmado el primero de diciembre del año 2003 donde ya no era servidor público Juan Camilo Mouriño, emitidos por compañías autorizadas para ello y por los montos que correspondieron según el importe de los contratos suscritos para garantizar la total ejecución y cumplimiento de todas y cada de las obligaciones de cada contrato.Por tanto, pues yo me allano a la resolución formulada para los términos de la votación que nos pida el Presidente de la comisión.
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