martes, 19 de agosto de 2008

BOLETIN INFORMATIVO

*PROPONEN PERREDISTAS INCLUIR EN EL CÓDIGO PENAL, LOS DELITOS CONTRA PERIODISTAS

Por: Ignacio Arellano Mora

(AGENCIA NOTIASIFA)
Diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD (GPPRD) en la Cámara de Diputados, presentaron en la Comisión Permanente , diversas iniciativas en materia de protección a los periodistas y comunicadores.

El diputado José Jacques y Medina aseguró que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos señaló que del 2000 a la fecha, 37 periodistas han sido asesinados.

Además la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra Periodistas de la PGR ha contabilizado 219 delitos contra periodistas que incluyen asesinatos, extorsiones y amenazas.

Agregó que el informe anual 2008 de Reporteros Sin Fronteras, reconoce que la libertad de expresión ha progresado jurídicamente con la despenalización de los delitos de prensa a nivel federal en los hechos; sin embargo, denuncia que el país se mantiene como el sitio más peligroso del continente para periodistas.

El legislador del PRD aseveró que las autoridades mexicanas volvieron a fracasar en la persecución de los autores de actos de violencia contra periodistas, dejando a los reporteros vulnerables ante los ataques y a los medios obligados a recurrir a la autocensura.

Por lo que afirmó, es necesario analizar el marco jurídico existente que debe de garantizar que las agresiones y homicidios de periodistas, comunicadores, comunicadoras y medios de comunicación no queden impunes.

En ese sentido, los diputados perredistas proponen federalizar los delitos cometidos contra periodistas o medios de comunicación, realizados con el propósito de impedir o manipular el ejercicio de la libre actividad periodística.

Además, de incluir en el Código Penal Federal los siguientes artículos:
Artículo 430. Son delitos en contra de periodistas o medios de comunicación, aquellos realizados con el propósito de impedir o manipular el ejercicio de la libre actividad periodística.

Artículo 431. Se impondrá prisión de cinco a diez años y multa de trescientos a tres mil días de salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal, al que, por cualquier medio, atente por vías de hecho físicas, psicológicas, violentas o económicas en contra de periodistas.

Dicha sanción se impondrá sin prejuicio de la pena que corresponda por otros delitos que cometa.

Artículo 432. Para efectos de este título se reputa periodista: persona física, profesionista o no, que con independencia de la naturaleza de la relación contractual, cumple la función de comunicar u opinar ante la sociedad, a través de la búsqueda, recepción y divulgación de informaciones, noticias y documentos de interés publico y social, por cualquier medio de comunicación, en formato literario, grafico, electrónico, audiovisual o multimedia.

Por último, es importante destacar que además del diputado José Jacques y Medina, apoyan la iniciativa los diputados Ruth Zavaleta, Alliet Bautista, Joaquín de los Santos y Victorio Montalvo.

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